Exigen traslado de los 12 pemones recluidos en El Rodeo II. Foto: Referencial Agencias
El Observatorio Nacional de Derechos Humanos exigió este viernes el traslado de los integrantes de la etnia pemón recluidos en El Rodeo II a un centro cercano a su comunidad.
A través de su cuenta en Twitter publicaron un comunicado en el que exigen condiciones mínimas como la atención médica para constatar su estado de su salud.
“Exigimos: Sean trasladados a un centro cercano a su comunidad garantizándoles de esta forma la visita familiar y procurando la protección de la familia indígena. Artículo 105 Lopci. Reciban atención médica dirigida a constatar su estado de salud y se realice en caso de ser necesario, acorde con sus prácticas, procurando el uso de la medicina tradicional y de las terapias complementarias, con sujeción a principios bioéticos, art. 122 CRBV y 111 y 112 LOPCI”, destacaron en el comunicado publicado en Twitter.
En el documento hacen mención a la muerte de Salvador Franco, al que según su valoración se le violó su derecho a la atención médica, aun cuando contaba con una orden judicial que la avalaba. Además, familiares del grupo de 13 pemones detenidos desde el año pasado han denunciado las condiciones insalubres y denigrantes en las que están recluidos, así como la violación del debido proceso y otros cargos como desaparición forzada.
“El deber de proteger los derechos humanos de todas las personas bajo custodia debe extremarse en el caso de ciudadanos indígenas debido a su especial condición, garantizando principalmente el derecho a un debido proceso y el acceso pleno y sin limitantes al sistema de justicia”, destacó el comunicado.
La comunidad nacional e internacional condeno la muerte del preso político integrante de la etnia Pemón Salvador Franco, el pasado #3Ene, quien permanecía detenido junto con 12 integrantes de la etnia desde finales del año 2019 en la cárcel El Rodeo II. pic.twitter.com/2FhYOCqJR3
— Observatorio Nacional de DDHH (@ONacionalDDHH) January 22, 2021
Siendo responsable de ello el Estado, al desconocer la orden judicial que ordenaba atención médica inmediata, dado el grave cuadro de salud que presentaba por complicaciones asociadas con tuberculosis y desnutrición severa.
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Queremos alertar que la situación que dio origen a dicho fallecimiento, se mantiene para toda la población penal recluida en dicho Centro Penitenciario, agravándose en el caso de los 12 indígenas pemones que permanecen allí recluidos.
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Esto bajo la mirada indiferente de las autoridades encargadas de salvaguardar derechos y garantías de los ciudadanos, sin olvidar que la legitimación para las acciones destinadas a la protección de los derechos de los pueblos indígenas, corresponde al Defensor del Pueblo.
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La Constitución de 1999 incorporó una serie de normas que no solo reconocen la existencia de los pueblos indígenas, sino también su identidad étnica y cultural, sus usos, costumbres, idioma, religión, derechos éstos que no le son reconocidos en la práctica.
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El deber de proteger los Derechos Humanos de todas las personas bajo custodia debe extremarse en el caso de ciudadanos indígenas debido a su especial condición, garantizando principalmente el derecho a un debido proceso y el acceso pleno y sin limitantes al Sistema de Justicia.
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Desde el @ONacionalDDHH y en nombre de los integrantes de la etnia Pemón detenidos en El Rodeo II, exigImos: Sean trasladados a un centro cercano a su comunidad garantizándoles de esta forma la visita familiar y procurando la protección de la familia indígena. Artículo 105 LOPCI
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Reciban atención médica dirigida a constatar su estado de salud y se realice en caso de ser necesario, acorde con sus prácticas, procurando el uso de la medicina tradicional y de las terapias complementarias, con sujeción a principios bioéticos, art. 122 CRBV y 111 y 112 LOPCI.
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Evitar la discriminación a la que puedan ser objeto, debido a su pertenencia a un pueblo o comunidad indígena; Facilitar los mecanismos que permitan acceder al Sistema de Justicia de forma plena y sin limitantes.
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Con información de El Nacional