Foto: Cortesía AVN.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió este viernes 5 de junio «de mero derecho y declaró la omisión inconstitucional por parte de la Asamblea Nacional en desacato, en la designación de los integrantes del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Mediante la sentencia N° 0068-2020, la Sala Constitucional se declaró competente para «conocer y resolver la demanda por omisión legislativa de la Asamblea Nacional en desacato planteada por los ciudadanos Javier Bertucci, Claudio Fermín, Timoteo Zambrano, Felipe Mujica, Luis Romero, Rafael Marín, Juan Alvarado y Segundo Meléndez, asistidos por el abogado Francisco Matheus».
Asimismo desaplicó artículos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y ordenó asumir el desarrollo normativo al Consejo Nacional Electoral». La información fue dada a conocer en un comunicado la «súper sala» del máximo tribunal de la República.
El pasado jueves partidos de oposición Soluciones para Venezuela, Cambiemos, Movimiento al Socialismo MAS, Avanzada Progresista y Esperanza para el cambio, entre otros, solicitaron al Poder Judicial declarar la omisión legislativa y designar nuevos rectores del CNE
La Sala Constitucional del TSJ también ordenó al CNE adecuar la normativa electoral para la elección de los diputados indígenas respetando sus tradiciones y costumbres.
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E. García
Noticia al Día